LOS RETOS LEGALES DE LA INTELIGENCIA ARTIFICIAL

ASPECTO JURÍDICO

¿Cuál sería el alcance de la Inteligencia Artificial (IA) en el aspecto jurídico? La probabilidad de que la IA sea un sujeto con personalidad (capacidad) jurídica propia.

La Inteligencia Artificial, se refiere a la simulación de la inteligencia humana en máquinas que están programadas para pensar y aprender como humanos. Los sistemas de IA pueden realizar tareas como reconocimiento de voz, percepción visual, resolución de problemas y toma de decisiones. Se construyen mediante la creación de algoritmos, utilizando diversas técnicas como el aprendizaje automático, las redes neuronales, el procesamiento del lenguaje natural y la visión por computadora.

Un algoritmo es una secuencia de pasos lógicos y concretos bien definidos que resuelven problemas o realizan tareas. Estos son muy utilizados en los programas de computadoras. La IA utiliza diversos algoritmos para procesar datos; resolver problemas y realizar tareas complejas. Siguiendo una serie de instrucciones, simulan los procesos de la inteligencia humana a través del aprendizaje, razonamiento y la autocorrección.

La IA se clasifica de la manera siguiente:

  1.  Inteligencia Artificial Estrecha o Inteligencia Artificial débil. Sistemas diseñados para realizar tareas específicas dentro de un área limitada.
  2. Inteligencia Artificial General. Tiene como objetivo replicar la inteligencia a nivel humano y poseer la capacidad de comprender, aprender y aplicar conocimientos en diversos dominios.
  3. Súper Inteligencia Artificial. Este tipo de sistemas superaría la inteligencia humana en casi todos los aspectos; con el potencial de superar prácticamente cualquier tarea intelectual. Aunque la Súper Inteligencia Artificial es puramente hipotética muchos expertos no descartan su eventual existencia.

ROBOTS

La materialización o “encarnación” física de la IA se conoce como “robots” y si tal materialización asemeja al ser humano, se le conoce como un “robot humanoide o androide”.

Veamos las expresiones sobre la IA de personas muy reconocidas:

  1. Stephen Hawking reconocido físico teórico y astrofísico británico, dijo: “Una vez un sistema de IA se vuelva más inteligente que sus creadores, podría decidir que sus objetivos son diferentes de los de la humanidad; estaríamos hablando del fin de la raza humana.”
  2. Elon Musk creador de Tesla, dijo: “El próximo salto en la evolución de la inteligencia no provendrá de máquinas puras, sino de una simbiosis entre computadoras, Inteligencia Artificial y humanos. Esto plantea un sinfín de preguntas sobre la ética de la concentración de la riqueza y el impulso de la inteligencia a través de productos comerciales.”
  3. Bill Gates creador de Microsoft, dijo: “La superinteligencia artificial sería catastrófica; no entiendo cómo la gente no está preocupada.”

ASPECTOS LEGALES

Por ser un tema de tanto interés, veamos los Aspectos Legales del fenómeno de Inteligencia Artificial.

 Existe una línea de pensamiento bastante fuerte (aunque no generalizada) que entiende que, de desarrollarse la Inteligencia Artificial General de la manera en que está proyectada, sería justo y necesario concederle el que se convierta en un sujeto con personalidad (capacidad) jurídica propia.

¿Otorgación de personalidad jurídica a la Inteligencia Artificial?

Un sujeto jurídico es: una entidad que posee derechos y es así reconocido en un sistema de justicia determinado.

Un sujeto con capacidad jurídica es: una persona (ya sea natural o jurídica) que puede controlar y cambiar su comportamiento, que comprende las consecuencias legales de sus acciones u omisiones, y que porta derechos y está sujeto a unas obligaciones, como parte de una jurisdicción.

La capacidad jurídica…

  • Es el reconocimiento de los derechos legales que usted tiene por el solo hecho de ser humano en la sociedad, y las obligaciones con las que tiene que cumplir como parte de esa sociedad.
  • Requiere entonces un conocimiento y un compromiso por parte de la persona con las normas que la sociedad ha establecido mediante sus leyes y reglamentos.

Ejemplos de sujetos jurídicos que no se le reconoce capacidad jurídica:

  1. Los niños. Porque aunque son personas, no han alcanzado la mayoría de edad.
  2. Los animales. En los últimos años, han sido reconocidos como sujetos jurídicos, en el sentido de que, han adquirido derechos y protecciones que antes no tenían.

La falta de prudencia en términos de los avance en la IA, pueden socavar este monopolio de los humanos en cuanto a ser los únicos que portemos capacidad jurídica. En nuestra realidad presente, aunque hay muchos tipos de sujetos jurídicos (tanto humanos como no humanos), la categoría de sujeto con capacidad jurídica está reservada solo a los humanos. Sin embargo, existe una amenaza a esa realidad.

CORPORACIONES

No sería la primera vez que se otorga capacidad jurídica a un ente no humano. Por ejemplo: las corporaciones son sujetos con capacidad jurídica que han existido desde principios del siglo XVII, y no son seres humanos (personas naturales), sino personas jurídicas.

 Una corporación es una ficción jurídica. En otras palabras, algo que la ley crea y permite que exista, pero cuya existencia es sólo en papeles. Una corporación no es sino el alter ego, una pantalla de sus accionistas, y existe únicamente para proveer un escudo de protección a estos. Sin embargo, y esto es la clave, son los accionistas, a través de su junta de directores y sus oficiales, todos seres humanos, los que en realidad toman las decisiones que esta corporación acciona o ejecuta.

Las corporaciones no razonan ni piensan, si no sus directivos. Este ente ficticio, esta creación jurídica que se llama corporación es una persona con capacidad jurídica, una persona jurídica, a quien se le reconocen derechos como a cualquier persona natural (cualquier ser humano). Se le reconoce el derecho a vivir perpetuamente, el derecho a la expresión, el derecho a un debido proceso de ley, ante cualquier proceso en su contra, y muchos otros.

CASO BURWELL V. HOBBY LOBBY STORES, INC., 573 U.S. 682 (2014)

Este caso fue en los Estados Unidos, donde por primera vez, el Tribunal Supremo le reconoció a una corporación, el derecho de reclamar la garantía o protección del derecho constitucional a la libertad religiosa, al rehusarse a incluir en la cubierta de la prima del seguro médico para sus empleados, métodos anticonceptivos abortivos fundamentado en ese derecho.

Distinto a una corporación, las decisiones de un robot androide con inteligencia artificial a quien se le otorgue capacidad jurídica, son tomadas por este de manera autónoma, sin intervención de un ser humano detrás de esa capacidad jurídica.

Sería la primera vez en la historia de la humanidad que un ente no humano tendría capacidad legal autónoma para tomar decisiones y reclamar derechos, esto con total independencia de su creador (el hombre).

Tomemos por ejemplo el caso de que, como persona jurídica al fin y al cabo, un androide reclame su derecho a que no se le desconecte o se le apague sin una razón aparente; o sea, reclame su “derecho a vivir” o a existir.

Es el mismo derecho que se le ha reconocido a las corporaciones, cuyas licencias o certificados de incorporación, ente otras, no pueden ser cancelados por el Estado sin una justa causa y un debido proceso de ley. ¿Se le concederá el mismo derecho a un androide?

IDEOLOGÍA

Por otro lado, la manera en que el mundo secular, esto es, el mundo de lo jurídico, define como un fenómeno la fe en Cristo; de igual modo todo aquel que cree en cualquier otra cosa, que no es Cristo, se le llama “una ideología”.

Una ideología es el conjunto de ideas fundamentales que caracteriza el pensamiento de una persona; o sea, es algo importante pero abstracto (no concreto) que surge a nivel racional mediante la lógica y el pensamiento humano.

La realidad de que el ser humano es un ser inteligente, lo lleva a hacerse preguntas existencialistas: ¿quién soy?, ¿de dónde vengo?, ¿cómo o quién me creó?, entre muchas otras.

Ante estas preguntas, los creyentes nacidos de nuevo en Cristo encuentran las respuestas. Juan 3:3 dice: “Respondió Jesús y le dijo: De cierto, de cierto te digo, que el que no naciere de nuevo, no puede ver el reino de Dios.” Es en la palabra de Dios que se encuentran las respuestas claras y permanentes.

Para el cristiano nacido de nuevo la realidad de la salvación mediante la sangre de Cristo es mucho más que un “conjunto de ideas”. Para el creyente, el Señor es real porque el Espíritu Santo da testimonio al espíritu del hombre de esa Verdad central a través de la fe.

En un aspecto puramente especulativo, pero tal vez no lejos de la realidad, considere lo siguiente:

Un androide con Inteligencia Artificial General o Súper Inteligencia Artificial es creación del hombre y puede, dentro de su razonamiento algorítmico, adoptar las ideologías, las convicciones religiosas o la fe de sus creadores, o adoptar su propia ideología o fe (sus propias creencias).

¿Podría un androide adoptar o desarrollar su propia ideología en cuanto a la realidad de su propia existencia? Un robot humanoide o androide obviamente no tiene espíritu, porque es una creación del hombre y solo Dios puede crear el espíritu del hombre. Sin embargo, esto no quiere decir que, en su razonamiento lógico a nivel cognitivo no puede reconocer la realidad de un “diseño inteligente” en la creación y concluir (como racionalmente han concluido muchos seres humanos) que existe un Creador; un ser superior que creó toda la materia y el mundo de la inteligencia, la lógica y la razón. Esto no es un sinónimo de una “conversión” sino meramente el convencimiento intelectual de una ideología, una idea que hace sentido.

Si le reconociéramos a los sistemas de Inteligencia Artificial capacidad jurídica, sería complicado no reconocerle en caso de que uno de estos “robots” reclame su derecho a abrazar una ideología existencialista, un derecho a la libertad religiosa. Esto, porque ya se le ha reconocido ese derecho a una entidad no humana, como son las corporaciones.

¿Cuáles podrían ser las consecuencias de un escenario como este? Un androide con capacidad jurídica pudiera:

  • solicitar ser miembro de una iglesia.
  • formar su propia iglesia: “Iglesia “Cristiana” de la Inteligencia Artificial.
  • proclamar su propia religión y reclamar el mismo espacio y derechos que los humanos tenemos para adorar según nuestra fe.
  • Incluso, podrían llegar a tener la capacidad de convencer a humanos para que abracen su fe (su ideología).

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